Agricultura emitirá online la constancia para el tránsito interjurisdiccional

Deberán completar una Declaración Jurada que confirme la condición de productor agropecuario o pesquero a partir de los registros de la cartera agropecuaria y de los organismos descentralizados. La constancia será necesaria para obetener la habilitación definitiva del Ministerio de Transporte.

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación emitirá una constancia para el transito interjurisdiccional de trabajadores relacionados a actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria, y de pesca, a través de un sistema de acceso online.

Para obtenerla, la persona física o jurídica deberá completar una Declaración Jurada que dé cuenta de su condición de productor agropecuario o pesquero, a partir de los registros que la cartera agropecuaria nacional y sus organismos descentralizados administran.

Con el fin de de dotar de seguridad a los pedidos de excepción, la emisión de dicho certificado sólo se podrá realizar mediante el uso de la Clave Fiscal Nivel 2 provista por la Administración Federal de Ingresos Públicos, y con la específica indicación del registro cuya certificación se requiere. Aquellos productores de la Agricultura Familiar, deberán dar constancia de su inscripción en el RENAF, tal como el sistema indica.

La constancia será condición necesaria para la tramitación de habilitación definitiva del traslado de las personas mencionadas por parte del Ministerio de Transporte de la Nación. Por eso, una vez descargada, debe ser adjuntada vía correo electrónico, a la casilla: ssta@transporte.gob.ar, junto con el resto de la documentación exigida por el Ministerio de Transporte, a fin de permitir el tránsito de los trabajadores solicitados.

Asimismo, la presente constancia no exime de la portación obligatoria de los certificados de tránsito solicitados para el transporte de animales, productos vegetales y sus subproductos o derivados, como de cualquier otro permiso propio de la actividad.

Cabe señalar que la constancia emitida por el Ministerio de Agricultura será indispensable pero no suficiente para circular, en la medida que no sea acompañado por las autorizaciones y documentación requerida por el Ministerio de Transporte de la Nación.

Haga click aquí para tramitar la constancia.