Bono extraordinario para trabajadores rurales

Es por el monto de $10.000. Deben pagarlo empleadores en tres cuotas, correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo.

La Resolución CNTA -Comisión Nacional de Trabajo Agrario- 200/2020 establece el pago de una asignación extraordinaria no remunerativa de $10.000 en el ámbito de todo el país, para el personal permanente de prestación continua comprendido en el régimen de trabajo agrario de la ley 26727, y para el personal que se desempeña en las actividades avícola, porcina, conductor tractorista, maquinista de máquinas cosechadoras y agrícolas, que se desempeñen exclusivamente en las tareas de recolección y cosecha de granos y oleaginosas, y aplicación de productos fitosanitarios.

La asignación se abonará en tres cuotas de $3.333,33 cada una, junto con los haberes de Diciembre de 2020, Enero y Febrero 2021. Firmada el 23 de diciembre 2020 y publicada tardíamente, exigirá en Enero 2021 el pago de un mes, más un mes de ajuste por Diciembre 2020, o sea, total de 6.666,66.

La asignación extraordinaria no remunerativa no devenga aportes ni contribuciones, de ninguna naturaleza. Es decir que el personal percibirá los valores netos y el empleador no abonará ningún tipo de contribución.

La Resolución omitió aclarar el tratamiento de dichos montos cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal (jornadas reducidas, ingresos o egresos en el mes del pago, licencias sin goce de haberes, etc). En nuestra opinión, siguiendo un criterio pacíficamente asentado por los usos y costumbres, correspondería el pago proporcional a la jornada cumplida si la prestación es menor a la legal.

Fuente: Sociedad Rural de Jesús María.