Por el coronavirus AFIP implemento presentaciones digitales, aquí el listado

Se creó con carácter de excepción la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”.

Se dispone la obligatoriedad temporal en el uso de determinados servicios de AFIP virtuales en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina a causa de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Decreto 260/2020, Decreto 297/2020 y Resolución General 4503/2019). 

Se crea con carácter de excepción, desde el 20/03/2020 hasta el 30/06/2020, inclusive, la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General N°4.503, para realizar electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se indican a continuación:

Descripción

Alta retroactiva de impuestos.

Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras.

Baja retroactiva en impuestos y/o regímenes.

Baja y recambio de controlador fiscal.

Cambio de domicilio fiscal – Personas humanas.

Cambio fecha de cierre de ejercicio.

Cancelación de inscripción por fallecimiento.

Carga de fecha de jubilación.

Certificado de capacidad económica (personas con discapacidad).

Certificado de exclusión de retención de IVA – RG N° 2.226.

Certificado de exención impuesto a las ganancias- RG N° 2.681.

Certificado de libre deuda previsional – Ley N° 13.899.

Certificado de no de retención de impuesto a las ganancias – RG N° 830.

Certificado de no retención del régimen de seguridad social – Disconformidad.

Certificado de recupero de IVA.

Certificado de residencia fiscal.

Certificado de ventajas impositivas – RG N° 2.440.

Consultas no vinculantes – Art. 12 Decreto N° 1.397/79.

Consultas vinculantes – RG N° 4.497.

Controlador fiscal – Baja y/o recambio de memoria.

Devolución de saldos de libre disponibilidad – RG N° 2.224.

Empadronamiento de imprentas.

Factura M – Disconformidad.

Impugnación – RG N° 79.

Modificación de capacidad productiva.

Modificación de nombres, apellido y/o género.

Modificación Estado Administrativo CUIT – Modalidad reactivación presencial.

Presentación de escritos recursivos – Art. 74 Decreto N° 1.397/79.

Presentación F. 399 – Reimputación de pagos.

Presentación F. 408 – Allanamiento o desistimiento.

Presentación F. 885 – Modificación alta y bajas empleados – RG N° 2.988.

Procesamiento o anulación de compensaciones.

Profesionales – Atención de consultas.

Recupero de IVA por exportación.

Registración de contratos – RG N° 2596.

Registro de beneficios ICREDED – RG N° 3.900.

Registro fiscal de operadores de granos.

Reorganización de sociedades.

Solicitud convalidación de saldos – RG N° 3.093.

Solicitud de certificado no retención transferencia de inmuebles.

 

Solicitud de reintegro de saldo libre disponibilidad, transferencia – RG N° 1.466.

Transferencia de importes convalidados – RG N° 1.466.

Utilización de importes transferidos – RG N° 1.466.

Zona de emergencia – Acreditación.

Monotributo: Opción Digital para bajar de categoría fuera del período de recategorización

El CPN Gonzalo Alcorta, especialista impositivo de Arizmendi, destaca que en el nuevo trámite se puede bajar de categoría por alguna causa determinante que impida esperar al período de recategorización que ocurre en enero y junio de cada año.

Se habilita la presentación digital sin la verificación presencial de documentación en original y copia para su autenticación o en copia autenticada por escribano público.

Las causas podrán ser las siguientes:

Cambio de actividad que implique un inicio de actividad.

Modificación por encontrarse limitada la CUIT al momento de la recategorización.

Error de cálculo o error en la registración del parámetro al momento de adherirse o recategorizarse.

La documentación que justifique la modificación podría ser:

Notas y papeles de trabajo.

Informes profesionales.

Resumen o extractos bancarios.

Comprobantes de AFIP.

Documentos y comprobantes respaldatorios de compras, ventas, gastos, ingresos y otros rubros.

Comprobantes y facturas varias.

Copia libro ventas.

Monto de ingresos brutos anualizados.