Prorrogan el Inmobiliario Rural a productores en Emergencia

Quienes figuren en el listado de aprobados por el Ministerio de Agricultura de Córdoba podrán abonar hasta el 30 de junio.

El Ministerio de Finanzas resolvió prorrogar hasta el 30 de junio de 2018 la fecha para el pago de la segunda cuota del Impuesto Inmobiliario Rural y fondos que se liquidan con éste, correspondientes al 2018, para los productores agrícolas, ganaderos, tamberos, apícolas y frutihortícolas que se encuentren nominados en los listados oportunamente aprobados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería en el marco de los Decretos N° 165/17 y N° 980/17, ambos de declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.

La Resolución N° 102, publicada en el Boletín Oficial y rubricada por el ministro de Finanzas, Osvaldo Giordano, establece que “cuando el pago de la mencionada cuota se efectivice con posterioridad a la fecha consignada en el Artículo precedente, el recargo se calculará desde la fecha de vencimiento original dispuesta por la Resolución Ministerial N° 457/17. Artículo 2°, siendo la Dirección General de Rentas quien dictará las normas que se requieran para la aplicación de las presentes disposiciones”.

Cabe recordar que para aquellos no contemplados en ese listado, mañana 20 de abril vence la segunda cuota del Inmobiliario Rural. Los beneficios a los cuales acceden todos los contribuyentes son los mismos. Los cedulones pueden descargarse o abonarse en la página web de la entidad.