Qué dice el proyecto de ley de semillas que el Gobierno enviará al Congreso

El  Gobierno, a través del Ministerio de Agroindustria, tiene listo el proyecto definitivo con el cual piensa modificar la actual ley de semillas y prevé enviarlo al Congreso para su tratamiento de manera inminente.

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La Nación accedió al último borrador del proyecto, que apunta a introducir cambios en la ley de semillas de 1973, sancionada cuando no existía la biotecnología agrícola para semillas y la soja tenía una superficie mínima en el país, con menos de 400.000 hectáreas versus las 20 millones de hectáreas que viene cubriendo en las últimas campañas.

La Federación Agraria Argentina (FAA), la Asociación de Semilleros Argentinos (ASA) y el presidente de la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, Gilberto Alegre (Frente Renovador), desarrollaron propuestas propias para una ley de semillas. Además de Alegre, en el Congreso otros legisladores también presentaron proyectos. Sin embargo, en el sector se aguardaba que el Gobierno, que había adelantado en agosto pasado algunos lineamientos generales para modificar la ley de semillas, mostrara su proyecto final. En rigor, se demoró tras un cortocircuito con ASA, entidad que había cuestionado que la iniciativa no tuviera una mayor apertura para el debate.

La soja, eje de una disputa por el cobro de regalías
La soja, eje de una disputa por el cobro de regalías.

Según el borrador oficial al que tuvo acceso La Nación, el proyecto del Gobierno para modificar la ley de semillas posee ocho artículos. Entre ellos se destaca el artículo 2°, que incorpora el artículo 24 bis y establece que todo reconocimiento por la propiedad intelectual en semillas, que una empresa le puede reclamar al productor, se debe hacer justamente en la semilla. Vale recordar que en la primera parte del año Monsanto realizó controles en los puertos sobre el grano de soja para detectar a los productores que no le habían pagado en la semilla su tecnología Intacta, resistente a insectos.

Al respecto, el artículo 24 bis, que pasa a ser considerado de orden público, dice: «El precio que abone cualquier adquirente de semilla por la misma dará por satisfechos todos los derechos de propiedad intelectual, sin excepciones, que la semilla y los productos obtenidos a partir del uso de la misma contengan. Asimismo, con la compra de semilla deberá establecerse el valor que el titular del derecho o su licenciatario podrá requerir por los derechos de propiedad intelectual referidos en el párrafo anterior a los fines previstos en el artículo 27 in fine.»

El proyecto también acota el uso propio, la figura contemplada en la ley actual que le permite a un productor reservarse semilla de una cosecha de soja o trigo para volver a utilizar en la campaña siguiente. Sobre este punto, la iniciativa expresa que tras la compra de la semilla el productor deberá pagar por tres campañas más por la semilla que se reserve para uso propio. En cambio, si en la nueva siembra se reserva más de lo inicial deberá pagar sin límite de tiempo. El Gobierno exceptuó del pago a «aquellos agricultores inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF) y los pueblos originarios que en el contexto de prácticas de agricultura familiar o en un ámbito agrícola comunitario tradicional intercambien o vendan entre ellos semillas u otro material de propagación».

El artículo 4° de la ley indica que se introduce como segundo párrafo del artículo 27 in fine de la ley N° 20.247 el siguiente texto, que refleja a qué productor una empresa le puede reclamar el pago de un derecho: «En caso de variedades multiplicadas por semilla en sentido botánico estricto, el titular del derecho de una variedad protegida podrá requerir el pago correspondiente al agricultor que reserve y utilice semilla para uso propio, siempre que el mismo posea una facturación anual mayor a TRES (3) veces el monto correspondiente a la categoría más alta del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, independientemente de si se encuentra o no inscripto en dicho régimen.»

El proyecto del Gobierno también precisa que el Instituto Nacional de Semillas (Inase), vía el artículo 15 bis, «tendrá acceso a cualquier cultivo o producto de la cosecha en cualquier lugar que se encuentre, a los fines de verificar la legalidad de la semilla que le dio origen, en cumplimiento de la presente Ley».

Según una fuente oficial, la nueva ley no bloquea el tema de las patentes. Monsanto, por ejemplo, argumentó su reclamo por Intacta en una patente. La nueva norma dice que los cobros al usuario (productor) los hace el titular de una variedad o su licenciatario. En tanto, las patentes siguen rigiendo cuando las hay entre el titular de ella y el de una variedad.

La Nación