Así se desprende de un artículo del Portal Agrofy News. Un nuevo proyecto de ley ómnibus establece una retención del 0% para las producciones regionales, pero se mantienen en carne y cereales. El pedido de retenciones cero fue impulsado por Llaryora, al que se sumaron otros gobernadores. En un reportaje radial, Milei dijo que no aceptarán cambios en la denominada Ley de Bases.
El gobierno nacional envió al Congreso un nuevo proyecto de ley ómnibus tras el debate que se inició en los últimos días. En primer lugar, se destaca que, en la nueva iniciativa oficial, se establecen en 0% las retenciones para las economías regionales.
A su vez, se elimina la facultad del Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación. Solamente se mantiene la facultad para poder reducirlas.
El Portal de Noticas Agropecuarias Agrofy News anticipó el envío de nuevos artículos enviados al Congreso. Los nuevos artículos del proyecto del ley ómnibus, según la publicación son:
- ARTÍCULO 206.- Fíjase en un CERO POR CIENTO (0%) la alícuota de derecho de exportación para todas las mercaderías correspondientes a los complejos exportadores que se consignan en el Anexo V al presente artículo. El Poder Ejecutivo Nacional identificará las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur correspondientes a cada complejo exportador incluidos en dicho anexo.
- ARTÍCULO 207.- Delégase que, en el marco de la emergencia y considerando las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, se delega en el Poder Ejecutivo Nacional, con el objeto de estimular, en virtud de las circunstancias económicas imperantes, el desarrollo de determinados sectores siempre que no se comprometa la sostenibilidad fiscal, la facultad de reducir la alícuota de los derechos de exportación de todas aquellas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), hasta el CERO POR CIENTO (0%). Las facultades a las que se refiere este artículo sólo podrán ser ejercidas previo informe técnico, debidamente fundado, del Ministerio de Economía. El Poder Ejecutivo Nacional podrá ejercer estas facultades hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Fuente: Agrofy News