El Gobierno Nacional comunicó la eliminación de las retenciones aplicables a las exportaciones de todos los granos. La medida fue anunciada oficialmente este lunes por la mañana por el vocero presidencial, Manuel Adorni
Esta política económica tendrá vigencia hasta el 31 de octubre. Según informó la administración, el propósito de la medida es específicamente “generar mayor oferta de dólares durante este período”.
El vocero presidencial también utilizó sus redes sociales para contextualizar la decisión y apuntar a los críticos del programa de gobierno. A través de su cuenta en la red social X, Adorni escribió que «la vieja política busca generar incertidumbre para boicotear el programa de gobierno». Subrayó además que al incurrir en tales acciones, “castigan a los argentinos”, y concluyó enfáticamente: “no lo vamos a permitir”.
Decreto 682/2025 Establece la Eliminación Temporal de Derechos de Exportación a Granos
El Gobierno Nacional ha dispuesto una medida económica significativa en el sector agroexportador a través del Decreto 682/2025, el cual fija la alícuota del derecho de exportación de todos los granos y sus subproductos en 0 %. Esta eliminación de retenciones entra en vigencia a partir del 23 de septiembre.
La medida tiene un carácter temporal y dualmente condicionado. Regirá hasta el 31 de octubre de 2025, inclusive, o hasta que la suma total de registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) alcance el monto equivalente a US$ 7.000.000.000. Prevalecerá el evento que suceda primero.
Requisito de Liquidación de Divisas
Si bien el decreto elimina la carga impositiva, impone una estricta condición a los exportadores. Para acceder al beneficio del 0%, los exportadores “Deberán liquidar al menos el 90 % de las divisas”. Este plazo de liquidación debe ocurrir entre la entrada en vigencia de la medida y hasta tres días hábiles después de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).
Es fundamental destacar que el incumplimiento de este requisito o el vencimiento del plazo establecido conlleva una penalidad. En tales casos, los exportadores deberán tributar la alícuota del derecho de exportación que correspondía a la posición arancelaria en vigor el día anterior a la entrada en vigencia del presente decreto.
Se espera que el Banco Central dicte, en lo que resta del día, las normas aclaratorias, complementarias y operativas necesarias para la efectiva aplicación de lo dispuesto en el decreto, dentro del marco de sus respectivas competencias.
Repercusiones y Reclamo Histórico
La noticia generó inmediatas repercusiones en la cadena de valor.
Desde el sector exportador, Gustavo Idígoras, presidente de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (Ciara) y Centro Exportador de Cereales (CEC), manifestó su apoyo a la decisión, aunque sea transitoria. “Apoyamos toda medida que implique eliminar las retenciones aunque sean temporales,” señaló Idígoras, aclarando que aún están a la espera de conocer los detalles operativos de la implementación.
Por su parte, el sector agropecuario celebró la medida como un reclamo largamente postergado. Carlos Castagnani, presidente de CRA, afirmó a Cadena 3: «Desconozco el motivo por el cual se llega a esta medida, pero es un reclamo histórico».
Castagnani proyectó un impacto positivo directo en la inversión rural. Mencionó que el dinero liberado “va a volver al campo y se va a convertir en más tecnología y más rendimientos”.
Respecto a la potencial liquidación de stock por parte de los productores, el dirigente rural se mostró optimista: “Aquel productor que todavía tiene un stock de granos va a aprovechar esta situación,” aunque lamentó que este mercado de libre retenciones no sea permanente.
Fuente: Agrofy News