El pedido de inconstitucionalidad había sido presentado por la Sociedad Rural de Río Cuarto y la Sociedad Rural de Adelia María. La presentación ya había sido rechazada por el Juez Federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa.
Nuevo capítulo en la larga historia devenida de la judicialización de las retenciones al campo. En este caso, tras la decisión de la la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que ratificó la decisión de primera instancia de un juez riocuartense y rechazó el amparo para declarar inconstitucionales las retenciones.
El pedido en cuestión había sido formulado ante la justicia por la Sociedad Rural de Río Cuarto, la Sociedad Rural de Adelia María y la Asociación de Fomento Rural de Pueblo Torres (Vicuña Mackenna) en contra del Estado nacional.
En esta oportunidad, la Justicia se expidió sobre un amparo colectivo que se presentó en febrero de este año. Tenía como fin que los derechos de exportación se considerasen inconstitucional e ilegítimo.
En primera instancia, el magistrado dispuso rechazar “in limine” la acción de amparo colectivo planteada por las entidades cordobesas, destacó Télam. En este sentido, el juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, argumentó que el rechazo fue por carecer de asociaciones civiles sin fines de lucro de legitimación procesal suficiente en nombre de sus asociados registrados para ejercer una acción por ellos y sus respectivos intereses particulares e individuales.
Cabe aclarar que, la causa abierta por la Rural de Río Cuarto esta despegada del amparo que oportunamente presentó la Sociedad Rural Argentina en tribunales federales cordobeses, más precisamente en el Juzgado del Dr. Ricardo Bustos Fierro. Ese recurso, que acompañó también la Sociedad Rural de Jesús María, sigue su curso y se aguardan novedades respecto a su trámite.
Fuente: Agrofy News.