El Gobierno decretó cuándo serán los feriados turísticos del 2020. A diferencia de otros años estos no serán no laborables y tendrá todo el peso de un feriado.
El Gobierno decretó tres días como feriados en 2020 para fin turístico. A través del Decreto 717/2019, los días 23 de marzo, 10 de julio y 7 de diciembre, no habrá actividad.
Con el objetivo de promover el turismo, el Ejecutivo tiene la facultad de decretar hasta tres días como feriados. En este sentido, para 2020 se hará coincidir con el 24 de marzo con motivos de la Memoria, Verdad y Justicia; también el 9 de julio Día de la Independencia y el 8 de diciembre el Día de la Virgen Inmaculada Concepción.
De esa manera se establece que los feriados que están previstos en el artículo 7 de la Ley N° 27.399.
Calendario 2020
Enero
1º. Miércoles. Año nuevo
Febrero
24 y 25. Lunes y martes. Feriados por carnaval
Marzo
23. Lunes. Feriado puente con fines turísticos
24. Martes. Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Abril
2. Jueves. Día del veterano y los caídos en la guerra de Malvinas
9 y 10. Jueves y Viernes. Semana Santa.
Mayo
1º. Viernes. Día del Trabajador y la Trabajadora
25. Lunes. Día de la Revolución de Mayo
Junio
17. Miércoles. Día paso a la Inmortalidad del General San Martín de Güemes
20. Sábado. Día paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano
Julio
9. Jueves. Día de la Independencia
10. Viernes. Feriado puente con fines turísticos
Agosto
17. Paso a la inmortalidad del General José de San Martín
Octubre
12. Lunes. Día del Respeto a la diversidad cultural
Noviembre
23. Lunes. Día de la Soberanía Nacional
Diciembre
7. Lunes. Feriado puente con fines turísticos
8. Martes. Inmaculada Concepción de María
25. Viernes. Navidad