El próximo 1 de Noviembre debuta el nuevo Sistema de Información Simplicado Agrícola. El especialista Mariano Echegaray Ferrer plantea en este artículo especial para MundoAgroCba ventajas y recomendaciones para nuevo sistema.
Finalmente Afip, a través de la RG 4.310, reglamento el Sistema de Información Simplificado Agrícola “SISA”. Recordemos el “SISA” reemplazara los Registro Fiscal de Operadores de Granos (RFOG); el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE); el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA); y el Padrón de Productores de Granos Monotributistas (PGM), como así también unifica regímenes informativos vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos de cereales y oleaginosas- y legumbres secas.
SUJETOS
- a) Productores.
- b) Operadores que intervengan en la cadena de comercialización.
- c) Propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes -cualquiera fuera su título- y sus subcontratantes -cualquiera fuera su modalidad de contratación- de inmuebles rurales explotados situados en el país
MATRIZ DE RIESGO – SCORING
Se medirá de manera periódica la conducta fiscal del contribuyente a través de la ponderación de parámetros objetivos establecidos por esta Administración Federal (estos son similares a los establecidos por el RFOG) y aquellos fijados por los demás organismos intervinientes según sus competencias.
Esta medición establece 3 patrones de conducta:
ESTADO 1- Riesgo Bajo
ESTADO 2-Riesgo Medio
ESTADO 3-Riesgo Alto
El «Estado» en el nuevo sistema, será la pauta que permitirá al contribuyente acceder diferentes tasas de retención y reintegro conforme a la calificación obtenida.
Estado Contribuyente | Tasa de Retención IVA | Tasa de Reintegro IVA | Tasa Retención Ganancias |
Estado 1 – Riesgo Bajo | 5% | 5% | – |
Estado 2 – Riesgo Medio | 7% | 6% | 2% |
Estado 3 – Riesgo Alto | 8% | – | 15% |
INFORMACION PRODUCTIVA
Los regímenes de información que los productores debían cumplir, ahora se unifican en dos presentaciones:
- a) Información Productiva 1 “IP1”: Desde el día 1 al 31 de octubre de cada año.
1- Existencias al 30 de septiembre de cada año
- Superficie agrícola destinada a los cultivos de invierno.
- b) Información Productiva 2 “IP2”: Desde el día 1° de enero hasta el último día del mes de febrero de cada año
1-Superficie agrícola destinada a los cultivos de verano.
La gran mejora que trae este sistema, es que permite modificar esta información via web. Se deja de lado las modificaciones con tramites presenciales y con demoras innecesarias por parte del organismo. Si se debe tener presente que cualquier modificación posterior al vencimiento implica que la misma se encontrara bajo revisión de AFIP, lo que puede producir un requerimiento de información por parte del fisco para validar los datos modificados.
RENSPA
Aquellos productores que no dispongan de inscripción en el “Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios” (RENSPA), deberán gestionar la inscripción a través del servicio “SISA”, en cuyo caso el organismo competente analizará la información ingresada, otorgando la misma -de corresponder- en un plazo no mayor a SETENTA Y DOS (72) horas hábiles.
REGISTRO DE TIERRAS RURALES
La base del sistema será el utilizado en el Registro de Tierras Explotadas «TIRE», debiendo los obligados a declarar domicilio de explotación y actividades.
Se mantiene la característica de confirmación de partes involucradas y se disminuye a 10 días el bloqueo de trámite por espera de confirmación.
En el caso de contratos, se mantiene la obligación que establecía el TIRE de aplicar retenciones incrementadas a aquellos sujetos obligados a estar inscriptos y que no lo estuvieren (ej: al momento del pago de arrendamiento).
Lic. Mariano Echegaray Ferrer, especial para MundoAgroCba