El Gobierno Autorizó la Importación de Maquinaria Agrícola Usada.

A través del Decreto 1205/16 se flexibilizaron las condiciones para el ingreso definitivo de bienes de capital usados. Se mantienen algunas protecciones  para rubros que se fabrican en el país, incluida la maquinaria agrícola.

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El Gobierno Nacional flexibilizó las condiciones para la importación definitiva de maquinaria usada, comprendida en los Capítulos 84 y 90 de la Nomenclatura Común del Mercosur. La medida fue dispuesta a través del Decreto 1205/16 del Poder Ejecutivo Nacional.

La resolución 1205/16 establece aranceles de importación que van del 6% al 28%, según el tipo de bienes a importar.

También dispone modificaciones a la normativa existente “tendientes a simplificar y agilizar los procesos administrativos correspondientes al régimen en cuestión”.

Para la industria de la maquinaria agrícola, la medida supone un doble efecto. Por un lado, favorece la incorporación de equipamiento industrial de gran utilidad para optimizar los procesos productivos y ganar en competitividad.

Por el otro, abre las puertas al ingreso de maquinarias usadas desde distintas partes del mundo (a muy bajo costo), un fenómeno que viene creciendo en varios países de la región.

Cabe aclarar que la disposición oficial prevé restricciones para la emisión del Certificado de Importación de Bienes Usados (CIBU) en los rubros en donde existe producción nacional, como sería el caso de la maquinaria agrícola.

Fuente: Maquinac